Hermosa Propiedad de 9.4 cuerdas en Pacajá Alto zona 10, a pocos pasos de la Nueva Ciudad de los Altos.

Tiene dos accesos amplios e importantes los cuales son:

  1. Partiendo desde el paso a desnivel ubicado en avenida Las Américas y 4 calle de la zona 1, yendo hacia el oeste 100 metros, y tomando la 1a. calle 1.5km aprox.
  2. Vía acceso por la ruta principal a la Nueva Ciudad de los Altos; partiendo del  paso a desnivel ubicado en avenida Las Américas y 4 calle de la zona 1, yendo hacia el sur sobre dicha avenida, para luego tomar la 8va. Calle, (entrada principal a la nueva ciudad de los Altos), hasta llegar a la primera rotonda, luego hacia el norte (derecha) pasando la segunda rotonda, a tres cuadras se encuentra el terreno en venta, lo cual se muestra en los mapas de ubicación que encontrará mas abajo en esta página.

 

Zonificación

 

Clasificación zonal básica. Hoy día esta zona es sin duda Urbana y con alto potencial de desarrollo comercial y Residencial.

Clasificación de vías de comunicación: calles  a dos carriles, un pequeño tramo de terrasería, pero los accesos se encuentran asfaltados por proyectos aledaños. 

Normas sobre la edificación: Este sector no tiene restricciones para la construcción de viviendas, edificios, bodegas o cualquier tipo de edificación.

 

Régimen de tenencia y posesión.

El terreno se encuentra REGISTRADO.

Libre de GRAVÁMENES, ARRENDAMIENTOS, OCUPANTES.

TERRENO ARRIBITA DE LA MARCA ROJA

Información del sector según el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- Quetzaltenango.

9.4 CUERDAS, EN BASE AL USO DE SUELO SEGÚN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (POT)

 

ES “URBANO Q6” (URB-Q6): (con la reforma 2019)

 

Áreas que por la baja demanda de los servicios públicos que abastecen el sector, su creciente presión de urbanización, su alto valor ambiental y su vulnerabilidad ante desastres naturales, se consideran aptas para edificaciones de baja intensidad de construcción y un nivel de mixtura bajo de *usos residenciales y no residenciales*

 

URBANO Q6 (URB-Q6):

Los parámetros normativos que aplican a este uso de suelo, son los siguientes:

 

a. PARÁMETROS DE FRACCIONAMIENTOS:

 

i. Superficie de predio: Cien metros cuadrados o más. (100 m2~). Debiendo cumplir con el mismo parámetro el resto de la finca, a lo anterior pueden aplicarse las siguientes tolerancias tomando en cuenta las restricciones establecidas en el artículo 29:

 

1. Tolerancia ordinaria: hasta noventa metros cuadrados (90 m2).

2. Tolerancia extra ordinaria: hasta ochenta metros cuadrados (80 m2).

 

ii. Frente de predio: Cinco metros o más (5m~).

 

b. PARÁMETROS DE OBRA:

 

i. Índice de edificabilidad

 

1. Base: Hasta uno punto cincuenta (~1.5).

 

2. Ampliado: Hasta dos punto treinta (~2.3).

 

ii. Porcentaje de permeabilidad: Cuarenta por ciento o más (40%~) de la superficie del predio.

 

iii. Altura del bloque inferior: hasta ocho metros (~8 m)

 

1. Separación a colindancia: cualquier separación (0m~)

2. Lado mínimo de patio y pozos de luz: un cuarto de la altura del bloque inferior o más (1/4~).

 

iv. Altura del bloque superior: más de ocho metros (8m~) hasta la altura máxima permitida.

 

1. Separación a colindancia: tres metros o más (3 m)

2. Lado mínimo de patio y pozos de luz: un octavo de la altura del bloque superior o más (1/8~), pero nunca inferior a la dimensión mínima dispuesta para el bloque inferior.

 

v. Altura: Hasta dieciséis metros (~16 m) de altura.

 

c. PARÁMETROS DE USO DEL SUELO:

 

i. Parámetro de uso del suelo mixto: Se deberá contar con un setenta y cinco por ciento (75%) de la superficie construida dedicada a uso del suelo residencial.

        ii. Máximo de usos del suelo no residenciales ordinarios: Hasta doscientos cincuenta metros cuadrados (~250 m2).


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